Tras tres años de litigios, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de forma definitiva que todas las películas exhibidas en cines mexicanos podrán ser dobladas al español, pero también se deberán subtitular en ese mismo idioma, sin excepción.
Con nueve votos a favor y uno en contra, el Pleno del máximo tribunal aprobó una declaratoria general de inconstitucionalidad que elimina del Artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía la restricción que solo permitía el doblaje de cintas infantiles o documentales educativos.
Esta medida se aplicará una vez que el Congreso de la Unión sea formalmente notificado del fallo.
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La decisión de la SCJN de subtitular películas se aplicará una vez que el Congreso de la Unión sea formalmente notificado del fallo.
El ministro ponente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, explicó que la obligación previa de exhibir películas únicamente en su idioma original con subtítulos —exceptuando a las infantiles— era una medida innecesaria y desproporcionada.
Dicha disposición limitaba el acceso a personas con dificultades de lectura o que no optan por ver películas subtituladas.
Además, se estableció que incluso las películas con audio en español deberán incluir subtítulos en ese idioma.
Esta decisión contradice el criterio de la Segunda Sala, que en 2023 avaló funciones sin subtítulos siempre que existieran funciones alternas con ellos.
La única ministra que votó en contra fue Margarita Ríos Farjat, quien sostuvo que la ley no prohibía explícitamente el doblaje.
La ministra defendió la utilidad de los subtítulos como herramienta de inclusión, sin necesidad de hacerlos obligatorios para todas las funciones.
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